Un revés recibe edil y Ayuntamiento de Teziutlán por desalojo de local de Casa de Cultura

Un revés recibe edil y Ayuntamiento de Teziutlán por desalojo de local de Casa de Cultura

Un revés recibe edil y Ayuntamiento de Teziutlán por desalojo de local de Casa de Cultura

Tienen 3 días para que se restituya la posesión en las mismas condiciones en que se encontraba

Por Fausto Hernández

Teziutlán. – Autoridad judicial ordena al Ayuntamiento teziuteco restituir el local número 3 de la Casa de Cultura que el pasado viernes 21 de febrero fue desocupado como parte del desalojo y desposesión que llevó a cabo la autoridad municipal, derivado de un procedimiento administrativo, y no por la orden de un Juez Federal como lo mencionó el edil Carlos Peredo Grau en rueda de prensa.

Para ello solicitan un informe previo al gobierno local, el cual deberán de rendir por duplicado, una vez que se notificó en un término de 48 horas, y que se señala a partir de las 9 horas con 24 minutos de este viernes 6 de marzo.

Por tanto, fue procedente otorgar la suspensión provisional solicitada, toda vez que por el momento es válido consignar que la resolución emitida en el procedimiento administrativo fue ejecutado a pesar de que no había quedado firme, por tanto, se dejó en estado de indefensión a la quejosa, en este caso a la concesionaria del citado local.

De acuerdo con la síntesis del expediente 361/2020, y que fue publicado con fecha 2 de marzo, cita que “a través del recurso ordinario correspondiente pudiera analizarse su contenido. Lo procedente es conceder la suspensión provisional respecto de la ejecución del lanzamiento y desposesión ejecutada en contra de la quejosa en el procedimiento administrativo, con el fin que se le restituya en su posesión en las mismas condiciones en que se encontraba, antes de la ejecución de dicho acto reclamado y hasta en tanto se resuelva sobre el suspensión definitiva de los actos reclamados, a fin de evitar un se siga ocasionando un perjuicio de imposible reparación a la quejosa en comento y preservar la materia del amparo”

Y agrega el texto, “por tanto, las responsables deberán proveer de inmediato todo lo necesario para restituir a la quejosa en la posesión del local o espacio comercial número tres de la Casa de la Cultura de Teziutlán, Puebla, lo cual debe materializarse a más tardar dentro de los tres días siguientes a que sean notificados”, además queda asentado lo siguiente,  “en consecuencia, las autoridades responsables que ejecuten esta determinación deberán levantar el acta relativa y remitirla a este juzgado en copia certificada dentro de las veinticuatro horas siguientes”.

Finalmente se añade en el documento, “la medida cautelar de que se trata, surte sus efectos desde luego, sin que se fije garantía como requisito de efectividad al no advertirse en este momento la existencia de terceros interesados. Sin embargo, se impone como medida de efectividad que la quejosa continúe pagando la contraprestación que sobre el inmueble se debe pagar al Ayuntamiento de Teziutlán, Puebla, en la misma forma en que lo venía haciendo y durante todo el tiempo que surta efectos la medida cautelar que aquí se concede. En el entendido, de que, de no hacerlo, previa determinación de este juzgador, cesarán los efectos de la medida cautelar decretada”.

Con lo anterior se demuestra que hubo abuso de autoridad al realizar  desde un inicio su procedimiento administrativo con una serie de irregularidades, desde el negarle a pagar, clausurarle el local el 23 de julio del año anterior, luego el intento de desalojo el viernes 14 de febrero y finalmente el consumado 8 días después de parte de Rolando Carmona director de mercados y un inspector de la misma área, basados en acuerdo de Cabildo, cuyo plazo vencía el 26 del mismo para poder interponer la quejosa y concesionaria algún recurso de  defensa.

Un comentario

  1. Jesús carrillo. Foglia-Reply
    09/03/2020 - 12:38 am

    Jehová bendice

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